nombre
Definici贸n 1
En los seguros de vida, derecho del tomador de apartarse del contrato, percibiendo la parte correspondiente de las primas destinadas a reservas por riesgos futuros.
Fuente: RAE
Contexto: El tomador del seguro podr谩 ejercitar el derecho de rescate total en cualquier momento a lo largo de la vigencia de la p贸liza. El valor de rescate se fijar谩 en funci贸n del valor de mercado de la inversi贸n vinculada a fecha de aceptaci贸n del rescate por la compa帽铆a aseguradora.
Fuente: cuestiona.com 31/01/2007 (Nacho Madrid)