nombre
Definición 1
Parte, no todo, del beneficio consolidado después de impuestos. Se entiende - en la contabilidad española no es ni obligatorio ni costumbre especificar - que es la parte del beneficio consolidado después de impuestos e intereses minoritarios que corresponde a los titulares de las acciones ordinarias de la empresa matriz.
Fuente: Invertext
Contexto: Beneficio atribuido (7511) 150.000.00 euros.
Fuente: www.normasinternacionalesdecontabilidad.es